Algunas de las medidas fiscales a las que estarán sujetos autónomos y pequeñas empresas desde 2015.

  •  Retenciones de los profesionales autónomos: bajan las retenciones que los profesionales autónomos practican en sus facturas, en concreto del 21% de 2014 al 19 % a partir del 1 de enero de 2015 y al 18% a partir de enero de 2016. Los trabajadores autónomos con rentas inferiores a 15.000.-€ pagan un tipo reducido del 15% desde el pasado mes de julio.
  • Gastos deducibles en IRPF: se establece un tope de 2.000.-€ anuales en los gastos de difícil justificación. Además, aquellos profesionales autónomos que no coticen en el RETA sino en una mutua de previsión social alternativa a la Seguridad Social, podrán deducirse sus cuotas por contingencias comunes.
  • Requisitos para estar en módulos: la reforma fiscal contempla nuevas limitaciones para reducir el número de autónomos que pueden tributar por módulos. Aunque estaban inicialmente previstas para 2015, finalmente entrarán en vigor en enero de 2016, aun así es importante que los autónomos afectados vayan preparándose para el cambio: la rebaja del umbral de exclusión con carácter general bajará de 450.000.-€ a 150.000.-€ de ingresos y de 300.000.-€ a 150.000.-€ de gastos y quedarán excluidas de este método las actividades incluidas en las divisiones 3, 4, y 5 de la sección primera de las Tarifas del IAE a las que sea de aplicación en 2015 la obligación de retención al 1%, es decir, las actividades de fabricación y construcción (albañilería, fontanería, instaladores, carpintería, cerrajería, pintura…).
  • Limitaciones a la estimación directa simplificada: a partir de 500.000.-€ de facturación anual los autónomos deberán tributar en estimación directa normal del IRPF, lo que supone una reducción de 100.000.-€ al límite para poder tributar por simplificada.
  • IVA en la exportación de productos y servicios digitales a países de la UE: desde enero de 2015 los autónomos y pymes que exporten productos o servicios digitales a la UE deben abonar el tipo de IVA vigente en el país de destino, es decir, en el que está ubicado el comprador de tus productos o servicios, en lugar de pagar el IVA del país de origen, como hasta ahora. Lo que evidentemente complica la tramitación del IVA de este tipo de ventas.
  • Impuesto de Sociedades: Se va a producir una rebaja de los tipos del impuesto de sociedades. Durante el 2015 se bajará del 30% actual al 28%. Ya en 2016 se reducirá hasta el 25%. Esta reducción no afectará a las pymes, al mantenerse un gravamen del 25% para los primeros 300.000.-€ de beneficio.
  • Sociedades civiles: 2015 será un año de transición hacia el nuevo status fiscal de las sociedades civiles. Ya en 2016 asistiremos a un cambio de tributación para las sociedades civiles que no tengan un objeto mercantil, que deberán tributar por un nuevo régimen fiscal, mientras que las que tengan objeto mercantil pasarán a tributar por el Impuesto de Sociedades.
  • Fin de la deducción por mantenimiento de empleo: Se suprime la deducción del 20% para pymes y autónomos que mantienen el empleo.